Ayudas por nacimiento o adopción de la Diputación de Córdoba

Jul 10, 2024

Desde el Ayuntamiento de Fuente Palmera se informa que en el día de hoy ha sido publicado en el Boletín Oficial de la Provincia el anuncio de Concesión de ayudas económicas a la natalidad y/o adopción en municipios menores de 5000 habitantes, ELAS y aldeas de la provincia de Córdoba: ANUNCIO BOP

BENEFICIARIOS:
-Personas físicas residentes con una antigüedad de al menos un año en aquellos municipios, aldeas o entidades locales menores de la provincia de Córdoba, con población inferior a 5.000 habitantes. (EXCLUIDO FUENTE PALMERA NÚCLEO POR SUPERAR LOS 5.000 HABITANTES).
-El nacimiento y/o adopción se haya producido entre el 1 de noviembre de 2023 y el 31 de octubre de 2024 (ambos inclusive).

CUANTÍA:
600€ por niño/a nacido o adoptado en la fechas expuestas.
En caso de parto o adopción múltiple, la asignación económica antes mencionada se multiplicara por el número de hijos/as nacidos o adoptados.

DOCUMENTACIÓN NECESARIA:
1. ANEXO III acompañado de la siguiente documentación:
a. Copia DNI o Tarjeta de identidad de extranjero o Pasaporte, dependiendo de si es ciudadano/a Español/a, extranjero/a o comunitario.
b. Copia completa del libro de familia
c. Certificado de empadronamiento colectivo
d. En caso de separación o divorcio, resolución judicial
e. Certificado de estar al corriente con las obligaciones fiscales, tributarias y de seguridad social en caso de NO autorizar la consulta de datos.
2. ANEXO III (cuenta bancaria, firmado y sellado por la entidad bancaria).

PLAZO DE SOLICITUD
Desde el 11 de julio y hasta el 11 de noviembre de 2024.

LUGAR DE SOLICITUD
Estará disponible dentro del Catálogo de Tramites de la Sede Electrónica de esta Diputación de Córdoba https://sede.dipucordoba.es/diputacion.
Las solicitudes, junto con la documentación requerida en el punto anterior se presentaran, en el plazo establecido en el punto 5, por medios telemáticos en la Sede Electrónica de la Diputación de Córdoba o por alguno de los procedimientos previstos por los artículos 14.3 y 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas. En caso de que las solicitudes se presenten en una Oficina de Correos, lo harán en sobre abierto para que sean fechadas y selladas por el personal de Correos antes de ser certificadas.
No se admitirá ninguna solicitud con fecha posterior a la del plazo señalado en esta convocatoria.

Para cualquier duda al respecto, pueden realizar consulta en el Ayuntamiento de Fuente Palmera.

 

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