Francisco Javier Ruiz Moro Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuente Palmera (Córdoba),
HACE SABER
Primero: Que por Decreto de Alcaldía nº1873 /2015, de 09 de Octubre, han sido aprobadas las Bases Reguladoras para la selección del personal laboral temporal con cargo al proyecto denominado: Plan de Mejora, Adecuación, Limpieza Viaria de Fuente Palmera dentro del Programa Anual de Fomento y Colaboración con los Municipios y Entidades locales Autónomas de la provincia de Córdoba (ejercicio 2015).
Segundo: Que todas las personas interesadas en ser admitidos en el procedimiento de selección podrán presentar la solicitud de participación en el AYUNTAMIENTO los días hábiles comprendidos entre el DÍA 13 OCTUBRE HASTA EL DÍA 26 DE OCTUBRE, ambos inclusive, en el modelo oficial que será facilitado en el Servicio de Atención al Ciudadano
Tercero: Las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener nacionalidad española o de cualquier otro Estado de la Unión Europea.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) Encontrarse en situación legal de desempleo.
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado judicialmente para el ejercicio de las funciones como personal laboral. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismo términos el acceso al empleo público.
f) Mujeres del Régimen Especial Agrario, que no tengan posibilidad de acceder al subsidio o renta agraria por no disponer del número mínimo de peonadas exigidas para ello
g)Encontrarse en situación de riesgo de pobreza o exclusión social
Cuarto: Las circunstancias socioeconómicas a valorar y la puntuación correspondiente a cada una de ellas son las siguientes:
1- Situación de desempleo: Se valorará la antigüedad en situación de desempleo otorgando 0,1 puntos por cada mes en dicha situación, hasta un máximo de 2 puntos. Computándose como meses completos en desempleo si en los seis últimos meses solo hubiera trabajado un máximo de 30 días.
2- Percepción por cualquier miembro de la unidad familiar de prestación por desempleo, subsidio, renta o pensión por incapacidad, de la siguiente forma:
1.- Si dos o más miembros de la unidad familiar percibe prestación: 0 puntos.
2.- Si un miembro de la unidad familiar percibe prestación: 1 puntos.
3.- Si ningún miembro de la unidad familiar percibe prestación: 2 puntos.
3- Miembros a cargo de la Unidad Familiar menores de 18 años. Se valorara el número de miembros de la Unidad Familiar menor de 18 años con la siguiente puntuación, hasta un máximo de 3 puntos
1.- Unidad Familiar si hijos a cargo: 0 puntos
2.- Unidad Familiar con 1 hijo a cargo: 1 punto
3.- Unidad Familiar con 2 hijos a cargo: 2 puntos
4.- Unidad Familiar con 3 o más hijos a cargo: 3 puntos
La puntuación máxima obtenida por valoración de esta circunstancia será de 3 puntos.
4.- Riegos de Pobreza o exclusión social. Se valorarán hasta una puntuación máxima de 3 Puntos, en función de que cumplan 1, 2 o los tres requisitos señalados en el artículo 5. Donde se regula que deben de cumplirse para considerarse persona en riesgo de exclusión social.
Lo que se hace público para general conocimiento, en Fuente Palmera, a 09 de Octubre de 2015
El Alcalde-Presidente,
Francisco Javier Ruiz Moro.
"ACLARACION A LAS SOLICITUDES A PRESENTAR:
- Las Bases Reguladoras por las que se aprueba en Programa de Fomento y Colaboracion 2015, asignan un importe a cada Entidad en funcion de la poblacion residente, indicandole asi mismo a las Entidades Locales Beneficiarias, que tendran que destinar preferentemente un porcentaje del importe Asignando a dicha Entidad a proyectos que conlleven la contratacion de: "Mujeres del Régimen Especial Agrario, que no tengan posibilidad de acceder al subsidio o renta agraria por no disponer del número mínimo de peonadas exigidas para ello".
- Con ello solo se atenderan las solicitudes presentadas en plazo por Mujeres Empadronadas en la Colonia de Fuente Palmera, exceptuando aquellas que residan en las Entidades Locales Autonomas que son Beneficiarias dentro del Program de Fomento y Colaboracion 2015"